viernes, 1 de octubre de 2010

Coalición Cívica: "Es un día histórico para la defensa de los recursos naturales"

La Mesa Nacional de la Coalición Cívica celebró hoy la sanción de dos leyes centrales para la defensa del medio ambiente que fueron impulsadas por la fuerza política que lidera Elisa Carrió: la Ley de Glaciares que aprobó el Senado Nacional y la modificación de la Ley de Tierras y la Ley de áreas de seguridad de fronteras que fueron sancionadas esta mañana por la Legislatura de Río Negro. “Es un día histórico para la defensa de los recursos naturales”, afirmó la Coalición Cívica (CC).

La Ley de Glaciares fue impulsada desde hace años por el partido que preside Carrió a través de un proyecto que presentó la entonces diputada del ARI Marta Maffei, fue sancionada y vetada por el Poder Ejecutivo Nacional. “A partir de la persistencia y perseverancia de la diputada Nacional de nuestro partido Fernanda Reyes, del diputado Miguel Bonasso y el acompañamiento de organizaciones sociales y ambientalistas es que hoy podemos tener esta Ley de Glaciares imprescindible para nuestro país”, sostuvo la Mesa Nacional de la Coalición Cívica.

Por otra parte, la Legislatura de Río Negro le dio sanción definitiva por unanimidad a una ley impulsada por la legisladora provincial de la Coalición Cívica ARI Magdalena Odarda que establece restricciones a la adquisición de tierras por partes de grupos extranjeros y que es la primera ley provincial de la Argentina. Una Ley con contenidos similares fue presentada por Elisa Carrió en el año 2002 en la Cámara de Diputados de la Nación y en estos días se trata en comisión de donde se espera que salga un dictamen en las próximas semanas.

La Ley que redacto Odarda y que se sancionó hoy sostiene que en caso de que sean personas físicas la flamante Ley establece la necesidad de que sean residentes con no menos de diez años de permanencia en la provincia y en caso de personas jurídicas se prohíba la adquisición de tierras rurales fiscales a todo tipo de sociedad comercial que no tenga como objeto principal la explotación agraria o que se haya constituido en el extranjero o tenga control accionario extranjero directa o indirectamente o sociedades anónimas que no adopten la forma nominativa de sus acciones y sociedades anónimas constituidas en el país pero subsidiarias de firmas extranjeras.

También se prohíbe la adquisición de tierra rural fiscal a quien no tiene domicilio real y legal en el país y a los funcionarios de designación política nacionales, provinciales y municipales, directivos o integrantes de sociedades en la que el Estado nacional, provincial o municipal sea parte y a los empleados que se desempeñen en el organismo de aplicación de la Ley.